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La nueva Ley que garantiza la “Protección y el acogimiento a los menores extranjeros no acompañados”

El pasado 29 de marzo el Parlamento italiano finalmente ha aprobado la ley n° 1658-B  que regula las disposiciones en materia de menores extranjeros que llegan a Italia y no están acompañados, para ver nacer esta ley se ha tenido que esperar más de tres años y a pesar del voto contrario de la Lega y la abstención de Forza Italia el Parlamento aprobó en vía definitiva la mencionada Ley.

El texto legislativo, disciplina aspectos como el reconocimiento de identidad o de la edad, la asistencia sanitaria, acogimiento familiar, acceso a la educación, etc., ámbitos fundamentales para la protección del infante y adolescente privo de ciudadanía italiana o europea  que se encuentra en territorio italiano y desgraciadamente no cuenta con el apoyo de un padre, madre o familiar.

Veamos cuáles son las principales novedades que esta Ley prevé:

– La verificación de la edad del menor en caso que no se tenga la seguridad de cuántos años tiene el menor o porque carezca de un válido documento de identificación como el pasaporte, dicha verificación se realizará con la ayuda de un mediador cultural y con la presencia del tutor, cuando éste ya haya sido designado. La respectiva identificación  será hecha sólo cuando al menor le haya sido garantizada una asistencia humanitaria. Sin embargo, si después de dichas verificaciones la edad del menor no haya podido ser acertada, la Procura italiana podrá solicitar al Tribunal de Menores, exámenes socio-sanitarios que puedan determinar con mayor precisión la edad del menor o adolescente. Y en caso que los resultados de estos exámenes no resulten claros, la edad del menor será declarada automáticamente.

– En el momento en que el menor entra en contacto con las autoridades italianas, el centro del primer acogimiento, debe hacer una primera entrevista con la ayuda de personal especializado y de amplia experiencia en tutela del infante; como sea, esta entrevista contará siempre con la presencia de un mediador intercultural.

– Inmediatamente después de la primera entrevista que efectúan las autoridades con el menor, el Centro en donde se encuentre dicho menor, deberá elaborar una ficha social, en la cual se encontrarán todos sus datos así como también los elementos necesarios que determinarán la mejor solución para la situación del menor.

– Prohibición de expulsión del menor no acompañado del territorio italiano y en caso que la repatriación deba ser adoptada, lo podrá decidir solamente el Tribunal de menores.  Se recuerda que la repatriación se podrá decidir sólo si es por el bienestar del menor.

– No podrán permanecer por más de 30 días en las estructuras de primer acogimiento, que serán dedicadas única y exclusivamente para los menores de edad y en caso que exista un familiar idóneo para cuidar al menor, se preferirá al familiar en lugar del Centro de primer acogimiento o a cualquier otro centro. De esta manera la Ley trata de promover la figura jurídica de la “custodia familiar” que es considerada una forma de protección para el menor.

– Se aplicarán los “permessi di soggiorno” para menor de edad o por motivo familiar en caso que sea aplicada la tutela o la custodia del menor, dicho permiso lo podrá pedir directamente el menor a la Questura competente incluso sin la necesidad de tener un tutor.

– Todos los Tribunales de menores, tienen un plazo de 3 meses, desde la aprobación de esta ley, para crear una lista de “tutores voluntarios” disponibles a hacerse cargo de un menor no acompañado, de esta manera se asegura la presencia de un adulto en la vida del menor.

– La Ley ha previsto más derechos y tutelas para la educación y la salud de los menores no acompañados, de esta manera se podrán evitar todas las barreras burocráticas que han obstaculizado al menor la posibilidad de ejercer estos derechos. Así, cuando el menor termine sus estudios tendrá el derecho de obtener su título de estudio aunque cuando no tenga el permiso de residencia.

– Derecho a la Asistencia Legal, todos los menores no acompañados que se encuentren atravesando un proceso judicial, tienen el derecho de ser informados y podrán nombrar un defensor de confianza e incluso de poder usar el gratuito patrocinio en caso que existan los requisitos establecidos por la ley.

– En el caso de los menores que han sido víctimas de trata, Italia debe garantir un programa específico de asistencia que asegure las condiciones de acogimiento y asistencia psico-social, sanitaria y legal aun cuando se hayan superado los 18 años.

Ahora la única cosa que tenemos que esperar es que todas estas disposiciones no solo se encuentren en el cuerpo legal, sino que también vengan cumplidas por las autoridades y los entes encargados, para que pueda ser aplicado el principal fundamento y motivo de esta ley: “el derecho a una vida feliz y tranquila del menor”.

Fernanda Solorzano.

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