ASGI, Avvocati per Niente, Fundación Guido Piccini y NAGA han presentado un recurso en el tribunal contra la circular n. 100 del 5 de julio con el cual el INPS ha bloqueado el examen de todas las solicitudes para obtener el “Reddito di Cittadinanza” presentadas por ciudadanos extranjeros.
Para el 18 de julio tenía que llegar el decreto que enumeraba los países donde es imposible obtener la documentación requerida por la ley, pero no fue emitida
ASGI, Avvocati per Niente, Fundación Guido Piccini y NAGA presentaron una apelación el pasado 10 de septiembre, solicitando que el Tribunal ordene al INPS modificar la circular n. 100 de 5 de julio, que bloqueó el examen de todas las solicitudes para el Reddito di Cittadinanza presentadas por ciudadanos extranjeros, como subraya en su artículo el periódico «IL Sud Online».
La historia es una consecuencia de la llamada «enmienda Lodi», introducida en el decreto ley n. 4/19 sobre el reddito di cittadinanza.
Dicha enmienda establece la obligación para todos los ciudadanos no pertenecientes a la UE, que hagan la solicitud para el Reddito di Cittadinanza de presentar no solo la certificación ISEE como los ciudadanos italianos y europeos, sino también una certificación, a menudo imposible de encontrar, emitida por la autoridad competente del Estado extranjero, traducida al italiano y legalizado por la autoridad consular italiana que atestigua la situación de ingresos y activos en el país que han nacido, así como el número de familiares.
Esta es una solicitud que las asociaciones subrayan es en sí misma ilegítima ya que en el ISEE se encuentra todo tipo de declaración financiera y la Agencia Tributaria verifica que todo sea verdadero, y sea tanto los italianos como los extranjeros deben informar ingresos y activos extranjeros.
Además, dicha documentación a menudo no se puede presentar debido a la inexistencia, en los países de origen, dado que falta un sistema de certificación adecuado: no es una excusa, es una verdad hasta, de hecho la norma ya preveía un decreto ministerial que establecia los países para los cual es «objetivamente imposible» proporcionar dicha documentación.
Este decreto debía llegar antes del 18 de julio, pero no fue emitido. El bloqueo en el dar el Reddito di Cittadinanza excluye por el momento a los ciudadanos extranjeros sin ninguna justificación.
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