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Derecho al voto en Italia. Me he convertido en ciudadano italiano. ¿Cómo voto? ¿Desde cuándo puedo votar?

El derecho al voto se reconoce a todos los ciudadanos italianos o nuevos italianos (ciudadanos extranjeros que han obtenido la ciudadanía italiana) que hayan cumplido los 18 años (o 25 años para el Senado).

Por lo tanto, incluso aquellos que se convierten en ciudadanos italianos después de la mayoría de edad (18 años) adquieren automáticamente la denominada capacidad electoral, el único requisito adicional para que el ciudadano italiano pueda ejercer el derecho al voto es la residencia en Italia o la residencia Aire (Registro de italianos residentes en el extranjero).

Existen diferentes causas de carácter penal que impiden el ejercicio del derecho al voto: medidas de seguridad, medidas preventivas, sentencias que prevén la inhabilitación para cargos públicos.

Por lo tanto, cada ciudadano italiano puede inscribirse, por ley y derecho a su padrón electoral, por lo tanto sin el interesado no tiene necesidad de hacer una solicitud; las listas electorales de los municipio de residencia se actualizan en los siguientes periódos:

  • en junio y diciembre de cada año para inscribir a ciudadanos que cumplirán 18 años en los siguientes seis meses, y la cancelación de ciudadanos imposibles de rastrear
  • en enero y julio para la actualización en caso de fallecimiento, traslado a otro municipio, pérdida de capacidad electoral, adquisición o pérdida de la ciudadanía.
  • Además tras estas revisiones, se prevé una nueva actualización en caso de elecciones, que comenzará aproximadamente 50 días antes de la fecha de la elección y finalizará 15 días antes de la elección.

Por lo tanto, quienes adquieran la ciudadanía italiana pueden inscribirse tanto durante las revisiones ordinarias (enero y julio de cada año) como poco antes que estén por llegar las elecciones, así podrán ejercer el derecho al voto dentro de de la franja horaria y el día del sufragio.

Tras las inscripción el interesado obtendrá la tarjeta electoral que la recibirá en su Municipio de Residencia, en caso de ausencia le llegará una carta para que pueda recogerla en la Oficina Electoral.

Si pierde el derecho al voto también en este caso el interesado recibirá una carta, quien siempre puede apelar a la Comisión Electoral Distrital para solicitar explicaciones.

Recuerde que siempre es posible verificar su inscripción en el padrón electoral solicitándolo en el mostrador de la Oficina Electoral de su Municipio de residencia.

Artículo realizado para nuestra casa Editorial Stranieri in Italia por la Abogada Federica Merlo

Traducción en español: Cristina Zambrano León

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