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¿Te casas el año que viene?, te explicamos cómo acceder al Bono Matrimonio 2016

Si te casas antes de diciembre del 2016, puedes acceder al beneficio económico INPS. Te explicamos en qué consiste y los requisitos necesarios.

No sé si ya has oído hablar sobre el nuevo bono matrimonio «Assegno congedo matrimoniale» que el Instituto Nazionale di Previdenza Sociale -INPS está dando a las parejas jóvenes que se casan antes del diciembre del 2016.

1. En qué consiste el «Assegno congedo matrimoniale»

Es un bono económico que se otorga como baja extraordinaria, de la duración de 7 u 8 días, en ocasión de celebración del matrimonio, y para ser utilizado dentro de los 30 días siguientes a la fecha del evento.

2. Quiénes pueden acceder al «Assegno»

Ahora bien, cómo todo “subsidio” italiano, es necesario pertenecer a específicas categorías para acceder al bono, siendo estas: trabajadores no calificados, aprendices, trabajadores a domicilio, trabajadores marítimos, empleados de empresas industriales, artesanos y cooperativas.

Pueden también acceder al bono trabajadores desocupados en grado de demostrar que en los 90 días antes de contraer matrimonio han trabajado, por al menos 15 días, en las categorías señaladas arriba; así como trabajadores inactivos por motivos justificados (enfermedad, suspensión del trabajo, llamado a las armas, etc.).

El bono de matrimonio se puede otorgar a ambos cónyuges, siempre que cada uno cumplan con todos los requisitos.

3. Condiciones necesarias

Contraer matrimonio civil o concordatario (canónico trascrito);

tienen un contrato de empleo de al menos una semana;

ya están de baja (ausencia al trabajo) dentro de los 30 días sucesivos a la celebración del matrimonio.

No se tienen derecho al bono quienes contraen matrimonio únicamente de tipo religioso.

4. De cuánto es el «Assegno»  

Puedes beneficiarte de 7 u 8 días laborales.

Trabajadores no calificados y aprendices – 7 días de retribución menos 5,54% de remuneración.

Trabajadores a domicilio- 7 días de retribución menos 5,54% de remuneración.

Trabajadores marítimos – 8 días de retribución menos 5,54% de remuneración.

Part-time – la retribución corresponde solo a los días previstos por el contrato, menos 5,54% de remuneración.

5. Cómo y dónde solicitar el«Assegno»

Los trabajadores activos deberán presentar la solicitud al empleador a la fine de la baja, a más tardar 60 días después de la boda.

A la solicitud se deberá adjuntar:

el certificado de matrimonio; o la situación familiar con los datos del matrimonio emitidos por las autoridades municipales o declaración sustitutiva de certificado ex art. 46 D.P.R. 445/00 que comprueba el estado de casado y contiene los detalles del matrimonio.

Si no es posible producir los documentos mencionados, se puede entregar también un certificado por parte de la Autoridad religiosa, siempre que sucesivamente se entregue la documentación prescrita.

6. Los canales para enviar la solicitud son:

WEB – a través del servicio online del portal del INPS: el ciudadano accede con el PIN al servicio “Invio OnLine di Domande di prestazioni a Sostegno del reddito” seleccionando “Assegno per congedo matrimoniale”

Contact Center – a través del número gratuito 803164 desde teléfono fijo, o al número 06164164 desde teléfono celular

Patronatos – a través de los servicios online o personales ofrecidos por los mismos

NOTA: En el caso de trabajadores desocupados o llamados a las armas, estos deben presentar la solicitud al Inps dentro un año sucesivo a la fecha de matrimonio, adjuntando a la misma específicos documentos que puedes leer aquí.

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