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Comó puedo traer a Italia a mis padres desde el extranjero con Reunificación Familiar

Comó puedo traer a Italia a mis padres desde el extranjero con Reunificación Familiar

La reunificación familiar de los padres legalizado por el T.U. sobre la inmigración. En particular el art. 29 indica que es posible reunificar los familiares que está en el extranjero, siempre y cuando tenga que ver con los parientes más próximos: el cónyuge, los hijos y los padres.

 

 

 

Roma, 12 Noviembre 2012 – Para algunas categorías de parientes, la normativa dicta condiciones específicas, para que pueda efectuarse la reunificación familiar, sobre todo con los hijos que han alcanzado la mayoría de edad y sus padres.

CARACTERISTICAS DE LOS PADRES QUE PUEDEN SOLICITAR LA REUNIFICACION

Los padres, del extranjero regularmente residente en Italia para poder entrar al nuevo territorio, tiene que encontrarse en condiciones particulares. Lo aclara la disposición, en conformidad con la obligación de apoyar a los padres en estado de necesidad (art.433 del código civil), prevee por eso que estos, para poder ser reunificados no tienen que estar en grado de sustentarse autónomamente en su País de orígen.

El art. 29 prevee que la reunión familiar es posible para los “padres a cargo, si no tienen otros hijos en el País de orígen o de proveniencia, o, progenitores que tengan más de 65 años y si los otros hijos no tienen la posibilidad de mantenerlos o por graves motivos de salud”.

Los progenitores que puedan ser reunificados pertenecen a dos categorías:

– Progenitor a cargo del hijo que pide la reunión familiar, sin otros hijos en el País de orígen o de proveniencia;
– Progenitores con edad superior a los 65 años que, aunque tengan otros hijos, no esten en grado de mantenerlos por graves problemas de salud o documentos.
Si los progenitores se encuentran en las condiciones previstas por la norma, hay también otros requisitos de tomar en consideración.

REQUISITOS DE INGRESOS

En particular quien solicita la petición tiene que demostrar de tener ingresos mínimos anuales derivantes de fuentes legales no inferior al importe anual del subsidio social aumentado de la mitad del importe por cada familiar que habría que traer. Para el 2012, el importe anual del subsidio social es par a euros 5.577,00, entonces, para reunir un familiar se necesita tener ingresos mínimos pares a euros 8.365,50
A los fines de la determinación de los ingresos se tiene cuenta también de los ingresos anuales totales de los familiares convivientes con el solicitante.

REQUISITOS DE ALOJAMIENTO

A parte de los requisitos de ingresos es también necesario disponer de un alojamiento adecuado para el familiar que se traerá. La disponibilidad del alojamiento tiene que ser probada mediante la copia del contrato de alquiler/préstamos/ propiedad. En el caso de reunificación de un progenitor, se necesita el certificado que acredite la conformidad a los requisitos higiénicos- sanitarios, y también la de aptitud de alojamiento, asegurados por las competentes oficinas comunales.

LOS CERTIFICADOS DE PARENTELA

Para poder realizar la reunión familiar, será naturalmente necesario demostrar la relación de parentela con el padre. La certificación que atestigue la relación de parentela, debidamente traducida y legalizada tendrá que ser presentada, por parte del familiar para el que se ha pedido el nulla osta, a la Autoridad diplomática- consular italiana por el País de proveniencia en el momento de la petición de la visa para el ingreso en el territorio del Estado Italiano.

Aseguración sanitaria para los progenitores mayores de 65 años.

Para la reunión familiar del progenitor mayor de 65 años es pedida la aseguración sanitaria, o a parte del título idóneo, para garantizar la copertura de todos los riesgos sanitarios. En alternativa es posible la inscripción voluntaria al Servicio Sanitario Nacional, pagando un contributo concordado establecido por los Ministerios competentes. Es bien precisar, que actualmente tal contributo concordado no ha sido todavía indicado, pero algunas Regiones han  establecido un contributo para la inscripción voluntaria.

LA PROCEDURA

La petición de nulla osta tiene que ser enviada telemáticamente, accediendo al sitio del Ministerio del Interno (www.interno.it). Todas las demás informaciones pueden ser consultadas en el sitio del Ministerio en la sección “inmigración”

Avv. Andrea De Rossi

Versión en español: Cristina Zambrano León

 

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