Para que los familiares de ciudadanos que tengan la “carta di soggiorno” permiso de residencia de larga duración C.E. puedan también obtenerla deben igualmente haber residido en Italia por un mínimo de 5 años.
11.08.2015 – El ciudadano extranjero puede solicitar el permiso de residencia de larga duración C.E. (así viene llamada la carta di soggiorno), sòlo si ha residido regularmente y sin interrupciones en Italia los últimos 5 años. Asì mismo, los familiares del ciudadano extranjero, que ya es titular de un permiso de residencia de larga duración, debe cumplir a título personal con el requisito de residencia de 5 años.
Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechaza las interpretaciones menos restrictivas realizadas por parte de algunos tribunales italianos que son incompatibles con una de las directivas Europea del 2003 sobre la autorización de dar el permiso de residencia de larga duración.
SIGUE EXPRESO LATINO EN FACEBOOK
A Luxemburgo llegó el caso de la señora Tahir, ciudadana pakistaní que entró en Italia en el 2010 a través de la reagrupación familiar, y dos años después (2012), presentó ante la Jefatura de Policía «Questura» de Verona la solicitud para recibir el permiso de residencia de larga duración, ya que su marido era titular de dicho permiso. En el presente caso, la solicitud le fue negada porque el solicitante se encontraba regularmente en Italia desde hace sólo 2 años. La ciudadana pakistaní interpuso un recurso ante el Tribunal de Verona para obtener la anulación de la resolución denegatoria. A su vez, el Tribunal de Verona decidió dirigirse al Tribunal de Justicia para que aclarara los requisitos para obtener el permiso de residencia de larga duración C.E. (carta di soggiorno).
De hecho, el artículo 9, apartado 1, del D.lgs. n. 286/98, en el cual se fija la Directiva 2003/190/Ce declara que: “El ciudadanio extranjero titular de un permiso de residencia válido, desde hace por lo ménos 5 años, […] puede solicitar a la Jefatura de Policía el permiso de residencia de larga duración UE incluso para sus familiares”. De la misma ley nace la pregunta, si se solecita el permiso de residencia de larga duración para los familiares, es necesario que estos también residan regularmente en Italia desde hace 5 años? La ley no lo dice expresamente, sin embargo un juez de Verona y algunos de sus colegas, dicen que no. La verdad es que en Italia las disposiciones europeas que tienen que ver con la autorización del permiso de residencia de larga duración C.E. han sido aplicadas en condiciones más favorables que las establecidas en dicha Directiva, permitiendo que los familiares de un residente de larga duración no tengan que presentar el requisito de residencia legal y consecutiva de 5 años en el territorio nacional.
SIGUE EXPRESO LATINO EN FACEBOOK
Sin embargo, Luxemburgo dijo que no. La normativa comunitaria establece que: «Ningún parragrafo dentro de la Directiva 2003/190/Ce permite suponer que un miembro de la familia de un residente de larga duración no tenga que presentar el requisito de la residencia legal e ininterrumpida de cinco años para poder acceder al estatuto de residente de larga duración», indica el Tribunal de Justicia en un comunicado.
Adicionalmente, el Tribunal Europeo de Luxemburgo señala que el Gobierno Italiano puede otorgar permisos de residencia por diferentes motivos a los familiares de un residente de larga duración, sin embargo los ciudadanos que no cumplan con el requisitos de al menos 5 años consecutivos de residencia en el territorio italiano, no podrán obtener la «Carta di Soggiorno» “no tienen lo requisitos para obtener el permiso de residencia de larga duración C.E. de acuerdo con lo establecido en la Directiva y, por lo tanto, los beneficiarios no tienen derecho a entrar y residir en otros Estados Miembros de la UE”.
SIGUE EXPRESO LATINO EN FACEBOOK
Elvio Pasca
Versión en español:
Cristina Zambrano León
Samantha Rizzi