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Cassa integrazione, en qué consiste

Soy un inmigrante en situación regular y trabajo como obrero. El empleador me comunicó que dentro de un mes pasaremos a ‘cassa integrazione ordinaria’. ¿En qué consiste y a qué tendré derecho?


10 de mayo de 2010 –
Soy un inmigrante en situación regular y trabajo como obrero. El empleador me comunicó que dentro de un mes pasaremos a ‘cassa integrazione ordinaria’. ¿En qué consiste y qué derechos tengo?


La ‘cassa integrazione’ es un subsidio de desocupación que se concede a los obreros cuando la empresa se encuentra en dificultad por motivos ajenos al empleador, y no pudiendo enfrentar las dificultades decide suspender la actividad.


La finalidad es ayudar a la empresa en dificultad gracias a la interrupción momentánea de la actividad laboral, permitiendo a los trabajadores reinicia sus labores una vez superada el obstáculo.


La ‘cassa integrazione’ es una prestación económica que es dada por el INPS (Instituto Nacional de Previsión Social) y tiene la función de pagarle a los trabajadores suspendidos del trabajo.


El importe concedido es el 80 por ciento de la retribución global que tocaría por las horas de trabajo no realizadas. El importe del tratamiento ordinario entretanto, no pude superar el límite máximo mensual establecido cada año.
Para el 2010 es de € 892,96 y elevado a   € 1073,25  en caso de una retribución mensual superior a los 1931 euros. Los periodos de ‘caja integración’ son considerados útiles para la pensión. La ‘cassa integrazione’ puede ser concedida por un máximo de 13 semanas con eventuales prórrogas hasta 12 meses. En algunas áreas territoriales el plazo puede llegar a 24 meses.


Los trabajadores en ‘cassa integrazione’ pueden trabajar en otros empleos a tiempo determinado con relación subordinada o trabajo autónomo.


Naturalmente durante los períodos de trabajo la integración salarial el INPS suspenderá el subsidio. El trabajador deberá necesariamente enviar una comunicación al INPS antes de cualquier actividad, precisando la fecha de inicio y final del trabajo saltuario. De lo contrario pierde dicha integración salarial.

Avv. Mariangela Lioy

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