Solo podrán solicitar el «Nulla Osta» en el sector del transporte de mercancías para trabajar en las carreteras italianas; los extranjeros que tienen la licencia profesional equivalente a las de categoría CE expedida por uno de los países a los que se refiere el artículo 3, apartado 1, letra a) del Decreto sobre flujos y que es convertible en Italia.
Por lo tanto, solo podrán entrar en Italia los ciudadanos nacidos en países que hayan suscrito un acuerdo de reciprocidad con Italia, que permita la convertibilidad de la licencia de conducir en cuestión, los países que entran en esta categoría son: Albania, Argelia, Marruecos, Moldavia, República de Macedonia del Norte, Túnez y Ucrania.
Es posible consultar los acuerdos actualizados con otros países en el siguiente enlace. Aquí.
Una vez que los trabajadores extranjeros ingresen a Italia, podrán conducir con un permiso de conducir no comunitario a nombre de la empresa que realiza el transporte hasta un año después de adquirir la residencia en Italia. Pasado este plazo será necesario convertir la licencia de su país por la licencia Italiana.
La duración del contrato de trabajo será, en estos casos, de duración determinada y como máximo de un año.
Artículo realizado para nuestras casa editorial Stranieri in Italia por la Abogada: Federica Merlo
Artículo traducido por la Doctora Cristina Zambra León
Te puede interesar: