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Impuesto a los envíos de dinero. No todos tienen que pagarlo

Money Transfer y la ley 148 -14/09/2011 – Es el 2% a los evío de dinero.

Vea las instrucciones.

Roma, lunes 5 de diciembre de 2011 – Paga el impuesto solamente quien es ciudadano extracomunitario y no tiene número INPS y código fiscal.

La le 148 del 14 de septiembre, que entró en vigor el 17 del mismo mes, introduce nuevas obligaciones para todos los operadores y los clientes de servicios de money transfer que trabajan en Italia. En concreto se ha instituido un impuesto (marca da bollo) del 2 por ciento del importe enviado en cada operación, con un mínimo de tres euros.
La ‘marca da bollo’ se compra en los ‘tabbaccai’ y se da para la transferencia.

Atención: el impuesto no deben pagarlo los ciudadanos de la Unión Europea y para los que se realizan dentro de la UE.
Además están exentos de impuesto los envíos realizados por personas que tienen código fiscal y matrícula INPS.
Para evitar equivocaciones, la matrícula INPS está indicada en los siguientes documentos:


– ‘Cedolino’ pago de todos los tipos CUD con página que indica la matrícula INPS.
– F24 con la sección INPS compilada.
– Boletín de contribuciones al INPS.

Es suficiente por lo tanto la matrícula INPS y el código fiscal para no tener que pagar el impuesto, independientemente de la ciudadanía de quien envía y la destinación del dinero.

El nuevo impuesto ha creado perplejidad y algunas dificultades entre los inmigrantes y los operadores de money transfer, por ello la necesidad que esclarecer quién tiene que pagar el 2 por ciento de la transacción.

Por stranieriinitalia.it

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