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Regularización. La guía de Stranieriinitalia.it y ExpresoLatino

Regularización. La guía de Stranieriinitalia.it

Los requisitos para los empleadores y los trabajadores. La procedura antes y después de la solicitud

 

 

 

 

 

 

 

 

Roma, 10 Septiembre2012 – Ha sido finalmente publicado en Gazzetta Ufficiale desde el pasado Viernes 07 Septiembre 2012,  el decreto interministerial, que así como previsto en la ley ha sido introducido también en la norma transitoria sobre la regularización, ha definido en detalle algunos aspectos “obscuros” de la procedura.

Entonces, teniendo en cuenta el decreto precedentemente citado y las recientes instrucciones dadas por los Ministerios del Interno y del Trabajo y por la Agencia de los Impuestos, la regularización, en línea máxima funcionará así.

REQUISITOS

Quién puede presentar la solicitud

El empleador tiene que ser ciudadáno italiano o comunitario. El empleador ciudadáno extracomunitario puede presentar la solicitud sólo si es propietario (o en espera de entrega o renuevo) de un “permiso de estadía CE residente de largo periódo” o de una “tarjeta de estadía” obtenida en cuanto se es familiar de un ciudadáno UE.

Límites de ingresos para el empleador que presenta la solicitud

El empleador de trabajo tiene que tener, ingresos mínimos que varían en relación al tipo de relación de trabajo por regularizar, el trabajo dependiente o agrículo, o doméstico (ayudante doméstico, ayudante para los ancianos, niñera…)

Para la regularización de trabajo de los dependentes de una sociedad, las empresas individuales y las coperativas, tienen que tener ingresos imponibleso un facturado que resulte desde la última declaración de ingresos o del balance no inferior de 30 mil euros.

Para los empleadores de trabajos domésticos (ayudante doméstico, ayudante de ancianos, niñeras…) en ves, los ingresos que resulten de la última declaración de ingresos no tiene que ser inferior de 20 mil euros si el empleador es el único perceptor de ingresos en la familia. Si internamentete al mismo núcleo familiarhay más perceptores de ingresos, los ingresos no tienen que ser inferiores de 27 mil euros. En el cálculo se puede incluir los ingresos del conyúge y de parientes hasta el segundo grado aunque si no conviventes con el empleador.

CUIDADO: No hay límites de ingresos si el empleador es una persona afectada por patológias o handicap que le limitan la autosuficiencia y pide de regularizar un trabajador dedicado a su asistencia (ej. La ayudante de ancianos.

Presencia en el territorio italiano

Los trabajadores extranjeros que pueden ser regularizados tienen que estar presentes en el terrritorio italiano, en mandera continua, almenos desde el 31 de diciémbre del 2011.

La presencia en Italia tendrá que ser demostrada con documento proveniente de “organismos públicos” como por ejemplo un informe de los Primeros Auxilios, la tarjeta sanitaria stp, un acto notaril, el renuevo del pasaporte efectuado en el Consulado de apartenencia. Ésta será exibida en el momento de la convocación en el Sportello Unico para la firma del contrato de estadía.

Aunque si el decreto interministerial, apenas publicado concerniente a la prueba no específica nada, se sostiene de poder excluir, entre la documentación, recibos de envio de dinero al exterior, facturas comerciales, recibos fiscales, etc, etc.

Si ricorda che in tutti i casi la retribuzione da garantire deve rispettare i minimi retributivi previsti nei diversi contratti collettivi di riferimento.
Inicio de la relación de trabajo

La relación de trabajo tiene que haber empezado desde almenos 3 meses antes de la entrada en vigor de la ley, o sea, habiendo entrado la ley en vigor el 9 de agosto pasado, la relación de trabajo tiene que haber empezado desde almenos el 9 de mayo del año en curso.

Pueden ser regularizados relaciones de trabajo, sea a tiempo indeterminado o indeterminado, como a tiempo pleno. Sólo para el trabajador doméstico está admitida la regularización por relaciones de trabajo de medio tiempo, aunque si tienen que ser con un horario no inferior de 20 horas semanales.

Se recuerda que en todos los casos la retribución garantizada, tiene que respetar los mínimos valores de retribución previstos en los diferentes contratos de referencia.

Pago del contributo concordado de euros 1.000

La ley ha proveído que el trabajador, antes de enviar la solicitud, tenga que pagar con un “modello F24 Versamenti elementi identificativi” un contributo concordado par a 1.000 euros. Tal pagamento puede ser hecho hasta el último día para el envío de la solicitud de regularización. (15 de octubre).

Los excluídos de la regularización

La ley ha previsto que, en presencia de particulares condenasa cargo del empleador de trabajo o del empleado, no se pueda acceder a la regularización.

No es admitido el empleador condenado en los últimos 5 años, aunque con sentencia no definitiva, en complicidad de inmigración clandestina;

Por trato o explotación de prostitución y menores;

Por haber dado trabajo a inmigrados irregulares.

No serán admitidos a la regularización, también, los empleadores que precedentemente, aunque si han solicitado el nulla osta al trabajo en ocación de flujos o de la regularización del 2009, no han sucesivamente subscrito el contrato de residencia o efectuado la asunción en el

Centro per l’impiego o Inps, siempre que ésto no haya dependido de causas de fuerza mayor.

Serán excluídos los inmigrados expulsados por motivos de órden público o seguridad del Estado y aquellos condenados, aunque con sentencia no definitiva, por uno de los reatos previstos por el artículo 380 del código de procedura penal(ej. Robo, asalto, violencia…).

Regularización prohibida también para quien sea señalado como “no admisible” en Italia, y para quien sea considerado aunque en base a condenas no necesariamente definitivas, una amenaza para el órden público o la seguridad de Italia o de otros países de el área Schengen (señalación SIS).

LA PROCEDURA

Cuando el empleador tenga que presentar la solicitud
La solicitud tendrá que ser presentada por internet desde las 8.00 horas del 15 de septiémbre hasta las 24.00 horas del 15 de octubre del 2012. Para poder proceder al envío de la solicitud, será necesario inscrivirse en el sitio del Ministerio de Interiores, www.interno.gov.it, y llenar los módulos predispuestos para la regularización.
No es necesario hacer carreras, no hay un número limitado. Todos aquellos que presentarán la solicitud, siempre que poseen claramente los requisitos previstos por la ley, podrán regularizar la relación de trabajo y hacer obtener el permiso de estadía al trabajador ocupado irregularmente.

ANTES DE ENVIAR LA SOLICITUD

En primer lugar es aconsejable verificar que hayan todas la condiciones previstas por la ley para poder usufruír de la regularización: ingresos, ausencia de condenas del empleador e/o trabajador, presencia en Italia de la persona interesada almenos antes del 1 de enero del año en curso, inicio de la relación de trabajo almeno antes del 9 de mayo.
Es necesario también pagar (a partir del 7 de septiémbre del 2012 y hasta el 15 de octubre) el contributo concordado de 1.000 euros por cada trabajador ocupado utilizando el modelo F24 con elementos identificativos.

ENVÍO DE LA SOLICITUD

Enviar la solicituda telematicamente de regularización insieriendo todos los datos pedidos del empleador y del dependiente, del alojamiento en el que vive el trabajador, de las obligaciones y nivel de marco, de los datos relativos al pago del F24y de los datos identificativos del sello de 14.62 euros.

DESPUÉS DE ENVÍO DE LA SOLICITUD

Los empleadors, después del envío de la solicitud, tendrán que formalizar la relación de trabajo procediendo a hacer las declaraciones a los entes previdenciales (Uniemens, DMAG),y obviamente, pagar las retribuciones mensiles.

Hasta el 16 de noviembre del 2012, sólo los empleadores que pidierón de regularizar trabajadores dependientes o agrículos (excluídos los empleadores domésticos) tendrán que efectuar el pago de las retenidas (contributos Inps, adicionales regionales y comunales, etc), claculados en los sueldos mensiles pagados a los
trabajadores, por un mínimo de 6 meses, para cubrir el periódo que va desde mayo hasta octubre.

También el empleador doméstico tendrá que pagar la convocación del trabajador por parte del Sportello Unico per l’Immigrazione (siempre que la Jefatura y la Dirección territorial de trabajo – ex DPL hayan dado pareceres postivos), que verifacará toda la documentación. En sede de convocación el empleador y el trabajador subscribrá el contrato de estadía y será efectuada oficialmente la comunicación de asunción al Inps o al Centro per l’Impiego. Al trabajador, además, será entregado el modelo 209 de solicitud del permiso de estadía por trabajo para mandar, por medio de las oficinas postales habilitadas, a la Jefatura competente.

Avv. Mascia Salvatore
Versión en español: Cristina Zambrano León

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