Si no me presenté a votar, ¿Cuál es mi sanción? ¿Qué pasa si no se vota?: Las personas que teniendo la obligación de votar no hubieren sufragado en un proceso electoral, puede justificar su omisión, caso contrario deben cancelar la multa correpondiente.
La multa para los ecuatorianos que estando habilitados pero que no pudieran o no quisieran votar, en el proceso electoral del próximo 19 de febrero, es del 10% de una remuneración mensual unificada, según consta en el Código de la Democracia.
Recuerde que el voto es obligatorio para todos los ecuatorianos mayores de 18 años y menores de 65 años así como a aquellas personas mayores de 18 años de edad privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
– Ecuatorianos entre 16 y 18 años de edad.
– Adultos mayores de 65 años.
– Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.
– Personas con discapacidad, personas analfabetas.
– Extranjeros desde los 16 años de edad que hayan residido legalmente en Ecuador al menos cinco años y que se hayan inscrito en el Registro Electoral. (I)
RECUERDE: Si vive en el extranjero y NO VOTA en las elecciones presidenciales 2016 NO TENDRA QUE PAGAR NNINGUNA MULTA
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