Sentencia de la Corte Constitucional de Italia
Roma, 27 de julio de 2010 – Ser clandestino no agrava un delito. El máximo tribunal constitucional italiano La Consulta, rechazó el agravante de clandestinidad cuando existe un delito, y deberá ser borrada del Código penal.
La Consulta es el nombre corriente de la Corte Constitucional, definida también como ‘el juez de las leyes’, porque en grado de asegurar la legitimidad con los principios de la Constitución.Queda vigente en cambio, el delito de ingreso y estadía ilegal, si bien indiscreciones no confirmadas hacen creer que los jueces de paz podrían no hacer valer dicho delito si existe un motivo justificado.
Para conocer en detalle la sentencia y las motivaciones de la misma, será necesario esperar al menos una semana. El agravante de clandestinidad prevé un tercio más de la pena a quien comete un delito en Italia estando en situación irregular. Por ejemplo si una persona comete un robo por el que debe pagar 7 años en prisión, debería descontar 10.
El agravante de clandestinidad haría que el irregular debiera pagar dicho agravante además de las sanciones adjuntas de la ‘ley de seguridad’. ‘La Consulta’ consideró legal las sanciones de la ‘legge sicurezza’ al ingreso clandestino.