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Llega el Bonus bebè. Publicado el Reglamento en Gaceta, te explicamos cómo funciona

80 € al mes durante tres años a las familias donde nace/adopta un niño, incluida las familias de inmigrantes. Las solicitudes se harán exclusivamente por Internet, y será el INPS el encargado a dar el ok.

 

 


Roma – 13 de abril 2015 – Después de mucho esperar el bono bebé está por fin a punto de ver la luz.

El pasado viernes se publicó en la Gaceta Oficial el decreto con el nuevo reglamento sobre las ayudas económicas concedidas por el Estado a las familias en la que nació o viene en adopción un niño. Aquí puedes leer el texto completo.

Al momento, falta sólo el visto bueno del INPS «Istituto Nazionale Previdenza Sociale», una vez dado el ok será posible presentar las solicitudes.

El “Bonus bebè” consiste en un cheque de € 80 por mes desde el nacimiento hasta la edad de tres años, o desde el día de entrada en la familia mediante la adopción hasta el tercer año. Este bono es para las familias que tienen un indicador de la situación económica equivalente (Isee) igual o inferior a 25.000 euros por año; y si el Isee no es superior de 7.000 euros al año la cantidad se duplica a 160 euros por mes.

Este bonus dará seguramente una mano a las familias de muchos inmigrantes. El bono es para madres y/o padres italianos, ciudadanos comunitarios o ciudadanos no comunitarios (siempre que tengan un permiso de residencia de larga duración UE, la llamada «carta di soggiorno»).

La solicitud debe ser presentada a través de Internet al INPS dentro de 90 días del nacimiento/adopción, o dentro de los 90 días después de la entrada en vigor del decreto (esta última normativa sirve también para salvar a los padres de niños nacidos desde el enero 1 de 2015 a hoy, que podrán inclusive obtener los atrasos de estos meses). Los que realizan la solicitud fuera de tiempo, tendrán igualmente derecho al bono, sólo desde el mes que se realiza la solicitud.

Como hemos explicado, ahora le toca al INPS preparará los formularios y definir en detalle el procedimiento de presentación de solicitudes online. ¿Para cuándo?, el decreto dice que «dentro de quince días» de la publicación en Gaceta; pero, teniendo en cuenta los retrasos que llevan hasta ahora, se espera que el tiempo para la solicitud sea antes del tiempo máximo previsto por ley.

A.Pinate

Fuente: Stranieriinitalia.it

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