Presenté mi solicitud para obtener la ciudadanía hace 2 años y en el sitio web del Ministerio del Interior está escrito que «el decreto de concesión es a la firma». ¿Qué significa eso?.
Después de la fase de evaluación de la solicitud para obtener la ciudadanía italiana, las autoridades involucradas en el proceso, en el caso que tenga un éxito positivo, publicarán el decreto de concesión de la ciudadanía italiana a favor del extranjero que ha hecho la solicitud.
Para formalizar el éxito, el decreto tendrá que ser firmado por la autoridad competente.
Tras la firma del Decreto, la Prefectura dispone de 90 días para contactar a la persona interesada e informarle el éxito. El solicitante, después de la notificación de la concesión de la ciudadanía, tiene 180 días para hacer el juramento ante la República y de seguir la Constitución y las leyes del Estado del Municipio de residencia o las de la Representación Diplomática Italiana si es residente en el extranjero.
Una vez que hayan pasado los 180 días, el interesado no podrá hacer el juramento de ley porque el decreto de concesión ya no será válido y por lo tanto, el ciudadano extranjero no se convertirá en italiano. En este caso, para adquirir la ciudadanía italiana tendrá que volver a presentar la solicitud.
En el caso en que, las opiniones emitidas después de la fase de evaluación sean negativas, a la persona en cuestión se le comunicará que el éxito del decreto para la ciudadanía no ha sido aprobado.
Dependiendo del motivo por el cual se realiza el rechazo, el extranjero puede presentar la solicitud nuevamente después de haya pasado el período previsto por la ley.