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Subsidio familiar para inmigrantes y sus familiares residentes en el exterior

El juez: «Quien tiene la tarjeta de residencia tiene los mismos derechos que los italianos”. INPS condenado por discriminación.

 

 

 


Roma, 30 de abril 2015 – Basta discriminación en la asignación de subsidios familiares. Los trabajadores extranjeros con permiso de residencia de larga duración CE (comúnmente llamada tarjeta de residencia) también pueden obtenerlo para la esposa/o e hijos a cargo que viven en el extranjero.

Una vez más ha sido un juez a poner los puntos sobre las íes, recordando que en cuanto respecta a las prestaciones sociales los ciudadanos no comunitarios con un permiso de larga duración CE  tienen los mismos derechos que los italianos y comunitarios. Lo establecen las normas europeas, que valen más que las nacionales cuando estas últimas dicen el contrario.

Todo comenzó a partir de una apelación antidiscriminatoria presentada en Brescia por parte de seis trabajadores extranjeros contra el INPS, que les había obligado a devolver los subsidios obtenidos para familiares que no estaban en Italia. Esto en base a la ley de casi treinta años atrás (L. 153/1988), cuando Italia no era todavía un país de inmigración, según el cual «no son parte del núcleo familiar la pareja, hijos e hijos equiparados del ciudadano extranjero que no viven en territorio italiano”. 

El juez, como pedían los seis trabajadores, ha hecho valer la directiva 2003/109/CE del consejo europeo que establece que “el residente de larga duración goza del mismo tratamiento que un ciudadano nacional en cuanto (…) las prestaciones sociales, la asistencia social y la protección social según dicta la legislación social”. Italia ha transpuesto la Directiva, sin prever expresamente algún tipo de excepciones relativas a los subsidios familiares.

La orden del juez, Laura Corazza, expresa que el INPS había tenido una conducta discriminatoria, penalizando los trabajadores solo porque eran extranjeros. Por lo tanto, se le ordenó restituir a los seis trabajadores los subsidios familiares que les habían sido quitados, pidiendo además de dar una “publicidad adecuada» a la decisión judicial mediante la publicación de la orden en su sitio web del INPS.

Puedes leer la orden del Tribunal de Brescia aquí.

A. Pinate

Puedes leer el artículo en italiano aquí: Stranieriinitalia.it 

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