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Regularización. En vigor desde hoy el “decreto sanciones”. Aquí los cambios

 Regularización. En vigor desde hoy el “decreto sanciones”. Aquí los cambios

Sanciones más rígidas contra las familias y empresas que asuman inmigrantes irregulares. Pero también la posibilidad de salvarse y regularizarse el trabajador presentando una declaración de emersión desde el 15 settembre al 15 ottobre

 

 

 

Roma, Agosto 2012 – «Hoy entra en vigor la nueva normativa que introduce sanciones y ordenes para quien da trabajo a ciudadanos de otros países sorprendidos sin papeles de residencia en regla. El decreto legislativo 16 de julio 2012, n. 109, introduce sanciones más rígidas para quien da trabajo a inmigrantes irregulares víctimas de explotación, de denunciar el explotador obteniendo un permiso de residencia humanitario.

Pero también es una oportunidad para las empresas y para las familas que asuman trabajadores ‘irregulares’ de autodenunciarse regularizando la relación de trabajo, con la adecuada solicitud de presentar entre el 15 de septiembre al 15 de octubre, evitando asi las sanciones e dando un permiso de residencia a los trabajadores.

La audiencia de las personas interesadas ‘según un cálculo del gobierno’ es cerca de 150 mil trabajadores. En base a la normativa, que reconoce una directiva Ue, los empleadores tendrán que pagar una cuota acumulada de mil euros y, cuando serán llamados para formularizar el contrato de residencia, tendrán que demostrar también de haber pagado almenos seis meses del sueldo, impuestos y colaboraciones. Para los trabajadores, tendrán que demostrar que están en Italia almenos desde el 31 de diciembre del 2011, les vendrá entregado un permiso de residencia. “El mensaje que queremos dar no es el de una integración típica de un país donde se piensa que todo se solucione, en cambio se complica… La cuestión de la inmigración va saliendo da la corta lógica de la emergencia” , lo había dicho el ministro de la Integración Andrea Riccardi, interveniendo sobre el tema en un convenio.

“En una fase de crisis económica y de tensión social, cuidado con introducir gerra entre pobres” había advertido el ministro, resaltando la exigencia de “decir basta a las leyes rígidas y consiguientes adaptamientos lejos de la realidad: es necesario salir de la ilegalidad y de la explotación del inmigrate, actualmente hay la posibilidad de eligir por la legalización por parte del empleador” “Venimos lamentablemene desde años de política muy proclamada y poco pensada sobre la inmigración” , lo había constatado Riccardi. “Ahora, miramos a agredir y a reducir el spread entre legalidad y realidad, entre aquello que se ve y aquello que queda enterrado” .

El decreto establece que la autorización al trabajo puede ser negada en el caso que el empleador resulte condando por determinados delitos entre los cuales: el favorecimiento de la inmigración clandestina; il secuestro de persona destinada a la prostitución y a la explotación infantil de asumir en actividad ilegal. Si los ducumentos presentados para obtenr el permiso de residencia son falsos o alterados, se procederá a la anulación de la solicitud comunicada al Ministerio de Asuntos Exteriores por medio de conexiones telemáticas.
Las sanciones para los empleadores pueden aumentar en el caso que el número de trabajadores ocupados sean superior a tres, o cuando se trata de menores o cuando se trata de trabajadores en condiciones de explotación. En estos casos la policía entregará un permiso de residencia especial al extranjero, al cual haya presentado la denuncia y que ayude con la práctica respecto al empleador.
El decreto prevee además la disposición transitória que mira a permitir a los empleadores de declarar la asistencia de relaciones de trabajos iregulares pasados. Hasta la conclusión de la práctica de la regularización serán suspendidos los procedimientos penales y las sanciones administrativas respecto a los empleadores y para los trabajadores las específicas violaciones. El art. 5coma1, del orden establece entre 20 días la entrada en vigor, la adopción de un decreto que actue para la autorización del Ministerio del Interior, junto a la Cooperación internacional y a la integración sobre la relación de trabajo entre extranjeros y empleadores.

Las declaraciones podrán ser presentadas, desde el 15 de setiembre al 15 de octubre del 2012, según la modalidad que sean establecidas en el decreto. Están excluidas da la prácticas las relaciones de trabajo a tiempo parcial, salvo cuanto establecido en materia de trabajo doméstico y de asistencia familiar, dal coma 8 de la disposición provicional.

Versión en español: C. Z. León

 

 

 

 

 

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