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ASpI: El nuevo subsidio por desempleo

6 Febrero 2013 – A partir del 1 de Enero del 2013 a todos los empleados (incluyendo los aprendices; los socios trabajadores de cooperativas que han establecido una relación de trabajo subordinado, el personal artístico) que involuntariamente han perdido sus puestos de trabajo tendrán un subsidio mensual llamada ASpI (Assicurazione Sociale per l’Impiego) – (Seguro Social de empleo), que sustituye el subsidío por desempleo ordinario.

 

 

Con el objetivo de reconocer la prestación de una actividad ASpI las personas deben poseer y demostrar los siguientes requisitos:

1. que están en un estado de desempleo
2. que el estado de desempleo haya sido involuntario, con exclusión, a los trabajadores cuya relación de trabajo ha terminado por dimisión o resolución consensual.
3. pueden hacer valer al menos dos años de seguro: para estas personas deben haber pasado al menos dos años después de la primera contribución de desempleo;
4. puede hacer valer al menos un año de seguro de desempleo (contribución DS o ASpI) de los dos años precedentes del inicio del período de desempleo.

Cálculo de la actividad de trabajo realizada
El subsidio se ajustará a una nueva base de cálculo determinada por la base imponible, ganancias previdenciales de los últimos dos años, dividido por el número total de las semanas de cotización y multiplicado por 4.33.

El subsidio ASpI se basa con el promedio del salario mensual, como anteriormente mencionado y es igual a:
• 75% en los casos donde este último es menor o igual a la cantidad de € 1.180.00 mensuales para el 2013;
• en los casos la cantidad sea superior al importe previsto, el mismo será igual al 75% de 1180€ aumentado por una cantidad equivalente al 25% de la diferencia entre el salario y la cantidad prevista.
Al subsidio se aplica una reducción del 15% después de los primeros seis meses de uso y de un 15% después del doceavo mes.

Duración de la actividad de trabajo realizada

Las nuevas reglas prevén un aumento gradual de la duración de la actividad de trabajo realizada, vinculada a la edad del trabajador en el momento de la fin de la relación laboral, distribuida en los próximos tres años.

Mini r- ASpI
El mini-Aspi es la disposición que reemplaza el subsidio de desempleo ordinario no agrario que solicita requisitos reducidos y funciona solo para los nuevos desempleados, desde el 01 de enero de 2013.

Esta disposición es reconocida para los trabajadores que han perdido sus puestos de trabajo involuntariamente y que poseen los siguientes requisitos:
• puede demostrar su condición de desempleados;
• puede demostrar por lo menos 13 semanas de pago de la contribución de trabajo en los últimos 12 meses precedentes al incio del período de desempleo, por los cuales hayan sido pagados o hayan tenido que pagar el seguro obligatorio.

Conviene aclarar que no es necesario ningún requisito de antigüedad asegurativa.

El subsidio denominado mini-ASpI se pagará mensualmente por un número de semanas iguales a la mitad de las semanas de cotización en los 12 meses precedentes a la fecha del fin de la relación laboral, deducidos los períodos de subsidio si se usan durante el año. Con respecto al cálculo de la actividad de trabajo realizada se aplicará la misma disposición del subsidio ASpI.

Para aprovechar del subsido los solicitantes deberán presentar, bajo la pena de caducidad, una solicitud, sólo electrónicamente, dentro los dos meses de la fecha que ha terminado la relación la boral.

Notizia Italiano: ASpI: la nuova indennità di disoccupazione

Stranieriinitalia.it
Dott. Massimiliano Matteucci
www.studiomatteucci.org

C.Z.León
 

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ASpI: la nuova indennità di disoccupazione

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