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¿Cómo oponerse a un recibo de pago considerado injusto?

Come opporsi a una cartella di pagamento ritenuta ingiusta?

Las carpetas de pago (o cartillas beneficiadoras) son actos para los cobros de sumas que, por diferentes razones deberían ser pagadas por parte del destinatario de la carpeta, y en cambio, han quedado pendientes (no pagadas)

 

 

 

 

Las carpetas pueden ser emitidas por la falta de pago en los límites de las leyes y de las sanciones administrativas, impuestos y colaboraciones previdenciales.

Generalmente, las entidades que deberían recibir el pagamento son (Municipios, entidades previdenciales etc.) dan la responsabilidad a otros sujetos (llamados Intermediarios o Agentes de pago) par cobrar la cifra debida.Es necesario resaltar, que el pagamento de la sanción administrativa, e impuestos previdenciales son sujetos a límites de tiempo.

En algunos casos, el pagamento puede ser también efectuado después del tiempo establecido por la ley y pueden ser debido generalmente a los atrasos; en otros casos en cambio, el proceso de activación de todas maneras tendrá que ser efectuado mediante los Intermediarios que dan la posibilidad del pagamento fuera del límite de tiempo.

No siempre, las cifras son legítimas y debidas. Puede suceder también que por varios motivos, se presente una carpeta de pago por parte del Intermediario y las cifras indicadas no sean en realidad debidas por parte del destinatario.

Por ejemplo, cuando los pagamentos han dado lugar a la activación de la carpeta y hayan sido remitidos correctamentamente o también cuando nunca haya sido notificado el acto presupuesto del cual deriva la carpeta. También por ejemplo puede presentarse un error de persona. Los motivos por el cual una carpeta de pago puede ser considerada ilegítima son de varia índole.

Que hacer cuando una carperta resulta ilegítima

En el caso que una carpeta resulte ilegítima y las cifras indicadas no debidas es necesario empuñar, osea contactar una adecuada Autoridad judiciaria con el fin de controlar la legalidad de la carpeta. También en este caso es necesario respetar los límites de tiempo para contactar a la Autoridad, que cambia según el objeto de la carpeta osea sanciones administrativas, colaboraciones o impuestos no pagados, entonces es necesario individuar bien cual Autoridad judiciaria contactar. Por ejemplo, las carpetas que se activan por la falta de pago de las respectivas sanciones administrativas, especificamente las sanciones por violación a las normas de tránsito, van contactadas a la Autoridad judiciaria ordinaria (el Jues de Paz). Si se trata de la falta de pago de impuesto es necesario contactar a la Comisión de colaboración. El Jues de trabajo en cambio es competente a la evaluación de la legítima carpeta activada por la falta de pago de las respectivas colaboraciones.
En otros casos también, la eficacia del Tribunal de orden.

En el caso la ilegalidad sea evidente, se puede presentar a la ventanilla de los mismo Intermediarios o tambièn a otros entes (que deberían ser expertos cuanto a las carpetas) para solicitar la anulación o la acrtivación. Es más será posible estar en juicio personalmente mientras en otros casos será necesaria la asistencia de un profesional adecuado. El consejo de todas maneras en el caso que se reciba una carpeta de pago o cualquier otra activación por los Intermediarios, aquello de acercarse rapidamente a un experto, con el fin de evaluar el mejor camino.

Cuidado a las posibles ejecuciones

Es oportuno señalar que las carpetas de pago enviadas por los Intermediarios, sean los últimos actos que procedan la ejecución verídica por parte del acreedor respecto a quien no ha pagado. Son sustancialmente las últimas posibilidades de aceptación para evitar que se proceda a la detención administrativa del vehículo, a la inscripción de la hipoteca de la casa o al exclusión de los bienes muebles o del quinto sueldo .
Aquellos actos ejecutivos pueden ser puestos en ser independientes del valor debido.

La retención en los límites de la carpeta, no suspende la fase de la ejecución. La suspensión puede ser solicitada al Jues adapto, el cual puede concederla o menos. En el caso de la aceptación la ejecución no puede ser dirigida hasta la conclusión del jucio. Si no la acepta, será oportuno pagar cuanto solicitado salvo conel derecho de ser después rembolsados en el caso de la victotia y de la anulación de la carpeta.

Avv. Andrea de Rossi
C.Z.León 

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