Hola, nací en Marruecos y después de muchos años de espera por fin me he convertido en un ciudadana italiana. Mi hijo, ya tiene 18 años de edad, es domiciliado en Italia y vive conmigo. ¿El permiso de trabajo esta por caducar, hay una manera para lograr que permanezca regularmente en Italia?.
Roma, 4 Diciembre 2012 – La situación de su hijo debe considerarse dentro la aplicación del Decreto Legislativo 30 del 2007 (aplicación de la Directiva Europea 2004/38/CE) que regula la entrada y la permanencia en Italia de ciudadanos comunitarios y de los miembros de su familia fuera de la UE – no comunitarios – . Para los familiares se proporciona la emisión de un permiso de estadía a largo período –Carta di Soggiorno – , sujeto a una serie de requisitos, el principal la relación con el ciudadano Europeo.
¿Qué miembros de la familia son considerados?
Los miembros de la familia que pueden obtener la emisión de un permiso de estadía a largo período –Carta di Soggiorno – son indicados en el texto de ley (artículos 2 y 10 del dicho decreto).
En particular se trata:
-del cónyuge residente en Italia y conviviente con el ciudadano de la UE;
-del descendiente directo del ciudadano de la UE o, del cónyuge, si son menos de 21 años de edad y residentes y convivientes;
-del descendiente directo de ciudadanos de la UE y del cónyuge, con más de 21 años si es residentes, conviviente y dependientes a cargo;
– del ascendente directo (los padres) de ciudadanos de la UE y de su cónyuge, si es residentes convivientes a cargo.
Entre los miembros de la familia se incluye también el cónyuge que ha firmado un contrato con el ciudadano de la Unión Europea una uniób registrada a la base de la legislación de un Estado miembro, si se trata de la legislación de un Estado miembro de acogida el matrimonio tedrá que ser registrado como equivalente según las condiciones establecidas en la legislación del Estado miembro de acogida. (En el punto se especifica la orden del Tribunal de Reggio Emilia del 13 de Febrero de 2012 y la circular del Ministerio de Interior Nº 8996 del 26 octubre 2012).
– La carta di soggiorno – permiso de residencia a largo periódo para un hijo adulto mayor de 18 años de ciudadano de la Unión Europea
Siguiendo las disposiciones, el hijo no comunitario di ciudadano italiano, puede solicitar – La carta di soggiorno – permiso de residencia a largo periódo, sólo si es menor de 21 años. Superada esta edad, con el fin de obtener tal permiso, además del requisito de convivencia el hijo debe estar a cargo por el ciudadano italiano. Para ser considerados a cargo se tienen que tomar en cuenta los ingresos del hijo que no debe superar un límite determinado (ingreso lordo anual de 2.840.51 euros)
El comprobante de que el hijo esta a cargo, puede ser hecha con una autocertificaciٕón por el ciudadano italiano, bajo la ley D.P.R. 445 del 2000. El miembro de la familia de la U.E. deberá demostrar, sin embargo la disponibilidad de ingresos suficientes que demuestrén que puede hacerse cargo del hijo.
En el caso el cual el ciudadano no comunitario no tenga los requisitos para la emisión de – La carta di soggiorno – permiso de residencia a largo periódo, recuerde que la en el Texto único para la inmigración, prevee la no exclusión de los parientes del segundo grado o con su cónyuge, de nacionalidad italiana, los cuales podrián obtener un permiso de residencia por motivos familiares.
Avv. Andrea De Rossi
Versión en español: C.Z.León