Hola, hice la solicitud para obtener la ciudadanía en diciembre del 2012, pero aún no me llaman para la entrevista. Mis amigos, que han presentado la solicitud 4 meses antes que yo, ya fueron llamados. Qué sucede?
Con la Circular 12220 del 5 de abril del 2013, el Ministerio del Interior ha determinado que para el otorgamiento de la nacionalidad italiana por residencia (art. 9 de la ley 91/92), las Jefaturas de Policía ya no tienen que hacer la entrevista a un extranjero que ha hecho la solicitud.
Para garantir de que el solicitante tiene todos los requisitos necesarios de seguridad vigentes, la policía remitirá, a través del sistema electrónico, realizado para la simplificación del procedimiento, un informe completo sobre la presencia regular en el territorio nacional del solicitante y de los miembros de la familia; la posición jurídica de la persona en cuestión, así como cualquier otra noticia sobre el perfil de seguridad, tales como cargos penales o civiles, faltas ante las autoridades judiciales, la inadmisibilidad en el territorio de Schengen o cualquier otro elemento disponible en la base de datos de policía.
Además, antes de la adopción de la decisión final o la notificación, la Jefatura deberá reportar cualquier detalle sobre que pasó después de la emisión del primer informe. Obviamente las informaciones que interesarán son la negación del permiso de residencia, la sumisión a las medidas de seguridad, informes de denuncias de delitos y las penas que contrasta con una integración positiva del extranjeros en la comunidad.
Además, tenga en cuenta que siguiendo el procedimiento de simplificación, el extranjero que solicitará la ciudadanía puede autocertificar, bajo la ley D.P.R 445/2000., toda la información relativa a su posición en Italia, dado que las oficinas públicas pueden verificar la veracidad. Por lo tanto, todos los certificados que eran necesarios para hacer la solicitud para la ciudadanía italiana (antecedentes penales, cargos judiciales pendienten, certificado histórico de residencia, etc.) pueden ser autocertificados directamente en la solicitud, lo que no es posible autocertificar son todas las informaciones, certificados y actos emitidos por otros países (certificado de nacimiento, matrimonio y antecedentes penales) necesarios para la adquisición de la ciudadanía italiana y deberán ser traducidos y legalizados para presentarlos en Italia.
Texto original en italiano: D.ssa Maria Elena Arguello
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