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Regreso a mi país de origen. ¿Me devuelven mis contribuciones de la jubliación?

Soy ciudadano extracomunitario, trabajé durante muchos años en Italia como empleado.  Dentro de unos meses volveré a mi país de origen definitivamente. ¿Qué sucede con las contribuciones que he pagado al INPS? ¿Me las restituirán?

Roma – 5 de Julio de 2010 – No, no serán restituidas a no ser que existan convenciones entre los dos países.
Los ciudadanos de países que no pertenecen a la Unión Europea (extracomunitari) que trabajan legalmente en Italia como empleados, tiene sus contribuciones (contributi) pagadas por el empleador a través de las cuales se reconocen los beneficios para la jubilación.

Dichos empleados cuando dejan de trabajar, si tienen los requisitos que exige la ley, tienen derecho a recibir la jubilación del INPS.

Los empleado que decidan regresar a su país de origen sin haber completado las contribuciones que le darán derecho a la jubilación en Italia, tienen que solicitar el reconocimiento en su país da pagadas en Italia, es de todo lo pagado en Italia. Esto sólo si existe un Convenio internacional entre Italia y su país de origen.

En este caso la jubilación será pagada en su país en virtud de la legislación nacional.

Aquellos que regresan a su país de origen recibirán su jubilación y mantendrán sus derechos de seguridad social, pero no pueden solicitar que se les devuelvan las contribuciones pagadas al INPS en Italia.

Sólo a la edad de sesenta y cinco años,  (a pesar de que la exigencia mínima de contribuciones para la jubilación es al menos de cinco años de contribuciones), se recibe una pensión en Italia. Esto independientemente si existen acuerdos entre Italia y su país.

Al alcanzar la edad de sesenta y cinco años, el interesado debe presentar una solicitud al INPS y su jubilación se pagará cada mes como sucede con los jubilados en Italia. Sólo las jubilaciones con importes inferiores a un  cierto límite son pagadas cada seis meses.

Avv. Mariangela Lioy

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