Con la Circular n.113 del 14 de septiembre del 2012, el Inps dicta las instrucciones para los cumplimientos a cargo de los empleadores domésticos y para las empresas relativas al pago de los contributos atrazados, así como de las formalidades por la asunción provisoria después del envío telemático de la solicitud de emersión.
Roma, 18 Septiembre 2012 – Finalmente han llegado muchos aclaramientos por parte del Inps sobre que cosa se tiene que hacer una vez enviada telemáticamente la solicitud de emersión.
Los empleadores de trabajos domésticos, una vez enviado el módulo EM – DOM, no tendrán que hacer otra cosa que esperar la llegada de los recibos – MAV para el pago de los contributos atrazados relativos al periódo Mayo 2012 – Octubre 2012.
El Inps, por eso, escribirá oficialmente la relación asignando un código provisorio a la relación de trabajo y un código fiscal numérico al trabajador extracomunitario (siempre que el trabajador no tenga ya uno), teniendo en cuenta de las condiciones laburativas indicadas en la misma solicitud de emersión (nivel, tipo de trabajo, horario de trabajo, etc). El importo de la retribución, en vez, será calculado en base a las condiciones económicas contenidas en la solicitud de emersión, en el caso en que fuera inferior al subsidio social, será automáticamente considerado par a euros 429,00 (importo del subsidio social).
El empleador de trabajo doméstico, además, en esta fase podrá declarar la fecha precisa de inicio de la relación de trabajo si antecedente al 9 de mayo del 2012 y será entonces responsable de pagar todos los contributos debidos por tal periódo anterior. Las empresas, al contrario, una vez efectuado el envío telemático del modelo EM – SUB, tendrán que preveer a pedir la apertura de una posición especial contributiva que será marcada con el código “5W”. Al recibimiento de tal documentación serán ellos mismos los responsables de enviarlos flujos Uniemens/Dmag, ósea, a pagar los contributos debidos en el respeto de las fechas límite.
Claramente hasta la fecha de convocación delante el Sportello Unico para la suscripción del contrato de estadía, los empleadores de trabajo doméstico y subordinado (no doméstico) serán responsables de pagar los contributos debidos por los periódos sucesivos al mes de octubre 2012 en los términos previstos de la ley.
Avv. Mascia Salvatore
Cristina Zambrano León