Aborto en Colombia: La decisión de la Corte Constitucional se produjo luego de años de trabajo por parte de las organizaciones que defienden los derechos de las mujeres en toda América Latina.
La Sala de la Corte Constitucional de Colombia despenalizó este lunes 21 de febrero la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 24 de gestación, una decisión impulsada por el movimiento Causa Justa. A partir de hoy, se podrá abortar hasta los seis meses de embarazo sin que la mujer reciba castigo penal, sin embargo, el tribunal dijo que la práctica no se eliminará del Código Penal y será juzgada si se realiza después de ese tiempo y fuera de las tres causales existentes hasta ahora.
Este lunes 21 de febrero, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación. Una decisión aplaudida por varios grupos feministas y en defensa de los derechos de las mujeres. Según el diario El Tiempo, “la decisión se tomó con votación 5-4, con presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, al estudiar una demanda que presentó el movimiento Causa Justa, compuesto para varias organizaciones de mujeres y que pedía eliminar el delito por completo del Código Penal”. La despenalización fue aceptada en sesión extraordinaria, en un proceso que lleva meses a causa de trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, y que hasta hoy no había abordado el debate.
Desde 2006 y hasta este lunes, el aborto era considerado un derecho en tres causales solamente: cuando el embarazo implica un riesgo para la salud física o mental de la mujer, en caso de violación o incesto y malformación del feto. En el resto de los casos (no querer ser madre, un accidente, falta de anticoncepción, etc.) el aborto estaba penado con hasta cuatro años y medio de cárcel.
Por el fin del estigma al aborto
La decisión de este lunes fue adoptada gracias a los votos de los magistrados Alberto Rojas, Diana Fajardo y José Fernando Reyes y del conjuez Julio Andrés Ossa, quien fue elegido para desempatar la votación en la Corte. La demanda del movimiento Causa Justa de eliminar del todo el aborto del Código Penal no se logró, por lo que a partir de la semana 24 de gestación, la mujer podrá ser castigada penalmente si se realiza un aborto que no entra dentro de las tres causales ya mencionadas.
Entre las razones de Causa Justa para haber hecho esta petición, se exige “que ninguna mujer vaya a la cárcel o que le sea iniciado un proceso penal en su contra por acceder a su derecho a la IVE ni que viva bajo esa amenaza”; “que ningún prestador de servicios vaya a la cárcel o se inicie un proceso penal en su contra por realizar un aborto consentido por una mujer o por brindar información”; “evitar maternidades impuestas que despojen a las mujeres de su autonomía, del control sobre sus cuerpos ni de la definición de su proyecto de vida”, entre otros.
La decisión de la Corte Constitucional es un gran paso en un país donde, según un informe del colectivo la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, “alrededor de 400 casos son llevados ante la justicia penal anualmente y que son las mujeres, adolescentes y niñas en situación de vulnerabilidad quienes están en mayor riesgo de ser criminalizadas. De esta manera, un 12,5% de los casos de aborto perseguidos por la justicia colombiana corresponden a mujeres entre los 14 y 17 años; y un 24% de los casos que derivan en condena, corresponden a mujeres menores de edad”.
Otras cifras indican que, en 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal. Además, en promedio, cerca de 400.000 abortos se realizan en Colombia anualmente y menos del 10% son llevados a cabo en instituciones que cumplan con todas las garantías sanitarias, por lo que la Interrupción Voluntaria del Embarazo es la cuarta causa de mortalidad materna en Colombia.
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