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Requisitos para solicitar la ciudadanía italiana los 18 años en el 2021

Los ciudadanos extranjeros nacidos en Italia tienen DERECHO a adquirir la ciudadanía italiana si cumplen los siguientes requisitos:

  • Haber Nacido en Italia;
  • Residencia ininterrumpida hasta los 18 años en Italia del jóven interesado (art. 4, co. 2, Ley 91/92);
  • Declaración de voluntad de adquirir la ciudadanía italiana en el plazo de un año después de haber cumplido los 18 años (la mayoría de edad);

La ley reconoce un DERECHO real a la ciudadanía de los niños nacidos en Italia, de padres extranjeros, que demuestren una residencia continua hasta la mayoría de edad, cabe racalcar que esto no afecta el mantenimiento de la ciudadanía del país de origen a menos que la ley del país de donde vienen sus padres no prohíba la doble ciudadanía.

COMUNICACIÓN DEL REGISTRO CIVIL
El ciudadano extranjero nacido en Italia debe ser informado, 6 meses antes de los 18 años, del derecho a poder solicitar la ciudadanía italiana.

Sólo a partir de esta comunicación enviada por el Registro civil, se comienza a correr el plazo de un año, para manifestar la voluntad de adquirir la ciudadanía.

Por lo tanto, hasta que se realice dicha comunicación, el ciudadano extranjero siempre puede realizar su propia declaración incluso después de los 19 años (D.L. 69/2013).

DEMOSTRACIÓN DE LA RESIDENCIA ININTERRUMPIDA:

Puede probarse el requisito de la presencia continua en Italia hasta los 18 años, tras la adopción del Decreto Ley 69/2013, con:

  • Con certificado de nacimiento;
  • Con «cualquier otra documentación adecuada» útil para demostrar la posesión de los requisitos (certificados médicos, certificados de asistencia escolar, vacunas …).

De hecho, se especificó que el solicitante no es responsable, de ningún retraso por parte de los padres en el momento de registrar a sus hijos y que cualquier interrupción breve en el registro civil no puede dar lugar al rechazo de la solicitud de ciudadanía (Ministerio del Interior Circular n. 22/07 de 7 de noviembre de 2007).

MÉTODO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD y PROCEDIMIENTO

La solicitud debe presentarse en la Oficina del Registro Civil del Municipio de residencia del interesado.

Si se cumplen todos los requisitos:

  • se adopta una disposición de certificación de adquisición de la ciudadanía
  • se anota en el certificado de nacimiento o se envía un aviso al municipio de registro del certificado de nacimiento;
  • el certificado se transcribirá en los archivos del registro civil
  • El Municipio de residencia también se comunicará a: el Ministerio del Interior, la Oficina del Registro Civil, la Prefectura, la Jefatura de Policía, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el registro judicial competente del área, la Autoridad Consular del país de la primera ciudadanía.

Si el procedimiento tiene un resultado negativo: el declarante debe ser notificado por escrito.

SOLUCIÓN CONTRA LA MEDIDA DE EVALUACIÓN NEGATIVA:

La disposición que certifica la falta de los requisitos para obtner la ciudadanía italiana puede ser impugnada con recurso ante el tribunal ordinario, por tratarse de un derecho real.

CUÁNTO SE PAGA PARA OBTENER LA CIUDADANÍA:

La solicitud de ciudadanía está sujeta al pago de la contribución de 250 €, a pagar en Poste Italiane a la cuenta corriente número 809020 a nombre del «Ministerio del Interior DLCI – ciudadanía».

Atención: en caso de resultado negativo de la solicitud, no se devolverá la contribución.

DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR:

Documento de identidad válido;

  1. Permiso de residencia, en caso de períodos de interrupción del permiso de residencia.

NOTA: el solicitante puede presentar la documentación que certifique en cualquier caso su presencia en Italia (por ejemplo, certificación escolar, médica y de otro tipo)

  1. Copia completa del certificado de nacimiento en Italia del solicitante o la autocertificación del certificado de nacimiento en Italia;
  2. Certificado histórico de residencia;
  3. Recibo de pago de la contribución de 250,00€, en la Oficina de Correos de Italia a la cuenta corriente número 809020 a nombre del «Ministerio del Interior DLCI – ciudadanía».

Artículo realizado para nuestra casa editorial Stranieri in Italia por la Abogada Federica Merlo

Traducción: Cristina Zambrano León

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