Para entrar en España para estancias de corta duración (inferiores a 90 días) se requiere la solicitud de una visa de visitante o visa de turista, también conocida como Visa Schengen, en virtud del acuerdo del mismo nombre firmado por varios países, europeos, principalmente, entre ellos España.
Los ciudadanos de varios países latinoamericanos se benefician de la supresión de visado para ingresar en España (y en los otros países europeos firmantes del acuerdo) sin visa de visitante para una estadía de un máximo de 90 días por semestre, por los siguientes motivos:
Turismo.
Viajes de negocio o de visita.
Otros viajes como: realización de un curso de idioma o de otros estudios cortos, intercambio estudiantil en vacaciones, asistencia a un evento científico, artístico, académico o deportivo, visita a un familiar, tratamiento médico y otros.
El extranjero debe comunicar el propósito de su viaje y garantizar que no tiene intenciones de permanecer en el país más tiempo del previsto.
Los nacionales de los siguientes países no requieren visa de visitante para entrar en España y permanecer en ese país por estancias inferiores a 90 días, en virtud del Acuerdo de Schengen:
Andorra | Israel |
Antillas Holandesas | Japón |
Argentina | Letonia |
Australia | Lituania |
Bolivia | Malasia |
Brasil | Malta |
Brunei | México |
Canadá | Mónaco |
Chile | Nicaragua |
Chipre | Nueva Zelanda |
Colombia | Panamá |
Corea del Sur | Paraguay |
Costa Rica | Perú |
Croacia | Polonia |
El Salvador | República Checa |
Eslovaquia | San Marino |
Eslovenia | Santa Sede |
Estados Unidos | Singapur |
Estonia | Suiza |
Guatemala | Uruguay |
Honduras | Venezuela |
Hungría |
Ecuador no se encuentra en la lista de países con convenio de supresión de visa de visitante. Los nacionales de esa nación latinoamericana, deben tramitar una visa de visitante, para estancias de duración inferior a 90 días, o Visa Schengen, ante las autoridades consulares correspondientes.
Fuente. Gobierno Español
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